domingo, 11 de agosto de 2013

Muerte de los derechos humanos en Colombia


El en primer artículo de la constitución política de Colombia se define el país como un  estado social de derecho, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista; fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran. Sus fines esenciales son; servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios derechos y deberes; reconocer sin discriminación alguna la primacía de los derechos inalienables de la persona y amparar la familia como institución básica de la sociedad.

Qué ha pasado entonces con los derechos humanos?

Desde la independencia, Colombia se ha caracterizado por una dualidad social; una monopolización de los poderes económicos, políticos, culturales y del otro lado grandes masas rurales viviendo a un nivel de subsistencia.
La injusticia social, el monopolio del poder público, la imposibilidad de una alternativa real, el nacimiento de movimientos insurgentes armados, el desarrollo del narcotráfico como sistema que integra una gran parte de las estructuras sociales y económicas del país envuelto en  un componente de la realidad política y económica Colombiana.

Las ejecuciones extrajudiciales, desapariciones, masacres, torturas, desplazamientos forzados, arrestos y detenciones arbitrarias, todo ello queda en la impunidad, prácticamente institucionalizado dentro del sistema jurídico.
“La ley justicia y paz”, ofrece la inmunidad a cambio de una confesión, de devolver los bienes ilegalmente adquiridos y la desmovilización funciona como refuerzo de la red de los paramilitares, aplicando una apariencia de Justicia. Penas de 5 a 8 años por delitos graves, donde  no existe la obligación de una confesión total. Beneficios brindados por la Ley 975 del 25 de julio 2005.

Más de 4 millones de colombianos han sido desplazados dentro del país; otra cantidad superior ha huido al exterior, el desplazamiento se lleva a cabo por medio de fumigaciones de cultivos, bombardeos indiscriminados, asesinatos, hostigamientos por paramilitares, capturas masivas,  en Colombia  en los últimos 30 años solamente los desaparecidos llegan a 30.000 personas.
Las comunidades indígenas y afro descendientes son vulnerables por ocupar territorios ricos en términos de recursos, ellos continúan luchando por sus tierras.
Quienes monitorean los Derechos Humanos evalúan que virtualmente el 100% de todos los crímenes que involucran violaciones de los Derechos Humanos no son castigados.  La Comisión conoce solo muy pocos casos en los que agentes Estatales responsables por violaciones a los Derechos Humanos han recibido fallos penales condenatorios.  La impunidad continúa a pesar de las medidas legislativas supuestamente dirigidas a reducirla.
Con la vulneración de los derechos humanos y la impunidad ejercida por el gobierno colombiano deducimos entonces que los derechos fundamentales consagrados en la constitución política de Colombia no están siendo respetados como por ejemplo:

Articulo 12 Nadie será sometido a la desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

Articulo 13  Todas las  personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

Responsabilidad del estado colombiano

La gran mayoría de las violaciones de los derechos son conocidas por el estado, ya sea porque son cometidos directamente por militares, policías u otros oficiales del estado, o por paramilitares creados o auspiciados por el estado, o por la impunidad de los hechos.

Recomendaciones

Todos los colombianos debemos de conocer los derechos que tenemos y que están consagrados en la constitución política de Colombia de 1991 el cual confiere a todas las personas un conjunto de derechos denominados DERECHOS CONSTITUCIONALES FUNDAMENTALES y a la vez dota las acciones correspondientes para lograr que los derechos si le sean reconocidos, estás acciones se denominan ACCIONES  PÚBLICAS PARA LA DEFENSA  DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Tanto los derechos como las acciones para defenderlos, se reconocen sin discriminación alguna  por condiciones de nacionalidad, sexo, raza, condición u origen, preferencia política o religiosa, género o preferencia sexual. 


Las Acciones Pública para su protección son la Acción de Tutela por excelencia, pero también se puede acudir a la acción de grupo, a la acción popular y a la acción de cumplimiento.  Estas  se encuentran consagradas en los Artículos 86 de la Constitución Política.

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